¿Cuáles son deducciones en el IRPF por invertir en eficiencia energética?

Si estás pensando en rehabilitar tu vivienda para mejorar su eficiencia energética, vas por el buen camino tanto para generar un ahorro a nivel de consumos (por ejemplo, en la factura de luz), como para tener derecho a determinadas deducciones de IRPF que te ayudarán de manera significativa a acometer las reformas que tengas en mente.
Son varios los beneficios que te aportará la rehabilitación de tu vivienda, ya que no solo incrementará su valor a nivel de sostenibilidad, sino también a nivel económico. Si estás pensando en ello, sigue leyendo y descubre a qué deducciones de IRPF puedes acceder y cómo solicitarlas.
¿Por qué se ofrecen deducciones temporales de IRPF por obras de mejora de eficiencia energética en vivienda?
Debemos tener en cuenta que algunas obras de rehabilitación de viviendas con foco en mejorar su eficiencia energética son de obligado cumplimiento para algunas comunidades de propietarios que todavía no cuentan con la calificación energética adecuada. No solo desde el punto de vista legal, sino también desde la responsabilidad medioambiental que han adquirido tanto la Unión Europea como los diferentes Estados Miembros. Esta es una de las razones principales por las que se ofrece este tipo de deducciones temporales de IRPF por obras de mejora de eficiencia energética en vivienda, para ayudarnos a cumplir con el objetivo de optimizar el parque de edificios e infraestructuras a nivel nacional.
Cabe destacar que las deducciones de IRPF están enfocadas tanto a optimizar los consumos de energía, mejorando los sistemas de ventilación y climatización, como a los sistemas de alumbrado.
¿Qué tipo deducciones de IRPF puedo obtener por obras de mejora de eficiencia energética en vivienda?
Deducciones por obra de la eficiencia energética
Existen 3 posibles deducciones temporales en la cuota íntegra estatal y debemos tener en cuenta que las deducciones son aplicables sobre las cantidades invertidas en las obras de rehabilitación, siempre que contribuyan a alcanzar mejoras en la eficiencia energética y sean acreditables mediante el certificado de eficiencia energética. Las deducciones son las siguientes:
- Reducción de la demanda de calefacción y refrigeración. Deducción del 20% en vivienda donde se realicen obras que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración.
- Reducción del consumo de energía primaria no renovable. Deducción del 40% en vivienda donde se produzcan obras que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejore la calificación energética a clases A o B.
- Rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial. Deducción del 60% en edificio de uso residencial donde se realicen obras que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejore la calificación a clases A o B.
Deducciones por autoconsumo renovable
- Deducciones del 10% del coste de la instalación fotovoltaica para instalaciones realizadas en viviendas de su propiedad (autoconsumo individual).
- Deducciones del 20% del coste de la instalación fotovoltaica para instalaciones realizadas en viviendas ubicadas en edificios de uso predominante residencial (autoconsumo colectivo).
La base máxima anual en ambos casos es de 5.000€
Deducciones por la instalación de infraestructuras de recarga
Deducciones del 15% del coste de la infraestructura de recarga de vehículo eléctrico con una base máxima de 4.000€.
Un dato a tener en cuenta también es que las deducciones pueden ser del 20%, 40% y hasta del 60%.
Si estás pensando en acceder a este tipo de reducciones, ¡no dudes en ampliar información!
¿Cómo se solicitan las deducciones temporales de IRPF por obras de mejora de eficiencia energética en vivienda?
El propietario de oficio deberá informar a su asesor que le realiza la declaración de la renta, que ha realizado esta actuación y que se acoge a la deducción correspondiente.
La deducción se aplica en la declaración de la renta (IRPF) del propietario de la vivienda que lleva a cabo la inversión en obras de mejora de eficiencia energética, en el periodo impositivo en el que se expida el certificado energético final.
Para poder aplicar la deducción temporal se requiere aportar:
1. Facturas de la empresa que realiza la obra, donde conste el tipo de trabajo y el coste.
2. Certificado energético antes y después de la obra (emitido por técnico certificado).
3. Justificante de pago (transferencia bancaria, tarjeta, etc.).
Con esto, el asesor aplicará en el apartado de deducciones por eficiencia energética el porcentaje que corresponda.
Si todos estos beneficios se aplicarán a nivel estatal entonces, ¿qué pasa con País Vasco y Navarra?
Estas deducciones por inversiones en mejora de la eficiencia energética están vigentes en todo el territorio nacional excepto en País Vasco y Navarra que tiene su propio régimen fiscal.
En el caso de la Comunidad Foral de Navarra, ésta ha acogido las deducciones estatales por obras de mejora de la eficiencia energética en vivienda (20%, 40% y 60%) y conviven con sus deducciones por inversiones en instalaciones de energías renovables o infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos reguladas en RD Ley Foral 19/2024.
Pero se debe tener en cuenta que son incompatibles entre sí. No se puede aplicar la deducción estatal y la foral en un mismo ejercicio por la misma instalación. Si se cumplen los requisitos de ambas deducciones habrá que elegir que deducción aplicar.
En cuanto a las deducciones estatales por autoconsumo renovable y por la instalación de infraestructuras de recarga, no están disponibles en Navarra, pero dispone de las suyas propias.
Las deducciones por inversiones en instalaciones de energías renovables o infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos reguladas en RD Ley Foral 19/2024 son las siguientes:
1. INVERSIÓN EN FOTOVOLTAICA Y TÉRMICA:
Deducción del 15%:
- +10% si no genera emisiones de gases efecto invernadero
- +10% si lleva almacenamiento
- +5% si es microrred con dos fuentes EERR
- +5% si es comunidad de vecinos
- +5% instalaciones térmicas conectadas a calefacción/ AC
Deducción del 30%:
2. INFRAESTRUCTURA DE RECARGA DE VH
- 15% si la potencia es inferior a 7.4kW
- 17% potencia entre 7.4kW y 22kW
- 20% potencia entre 22kW y 50kW
En el caso del País Vasco las 3 provincias tienen deducciones fiscales por obras de mejora de la eficiencia energética. Las obras y/o instalaciones tienen que ser realizadas en la vivienda habitual o en cualquier otra vivienda en titularidad que el propietario tuviera arrendada en ese momento.
Las obras deben tener las siguientes finalidades:
- reducir la demanda de calefacción y refrigeración;
- mejorar el consumo de energía primaria no renovable;
- mejorar la eficiencia energética de edificios de uso predominante residencial.
A estos efectos, se considerarán únicamente:
1. Las instalaciones de los siguientes equipos de generación que permitan la utilización de energías renovables:
- calderas de biomasa para cubrir demanda térmica (calefacción y agua caliente sanitaria) del edificio o vivienda;
- sistemas de aerotermia, hidrotérmica y geotermia para cubrir demanda térmica (calefacción y agua caliente sanitaria) del edificio o vivienda;
- instalaciones solares fotovoltaicas para autoconsumo, ya sea individual o compartido, del edificio o vivienda;
- instalaciones solares térmicas para cubrir la demanda de agua caliente sanitaria del edificio o vivienda.
2. Proyectos cuyo objetivo sea la mejora de la eficiencia energética de la vivienda a través de actuaciones individuales o colectivas en edificio completo, que supongan una reducción, como mínimo, de un 30% del consumo de energía primaria no renovable, o bien, la mejora de la calificación energética de la vivienda o del edificio para obtener una clase energética «A» o «B».
En ambos casos, la deducción fiscal es del 15%. Para ello se tiene en cuenta las cantidades satisfechas por las obras o instalaciones, minorada en las subvenciones exentas del IRPF, con un máximo de 20.000 euros anuales.
Es decir, deducción máxima es de 3.000€ (15% de 20.000 €)
Las deducciones no aplicadas por insuficiencia de cuota íntegra podrán aplicarse en los siguientes 5 años inmediatos.
La documentación que se requiere depende sea del tipo 1 o 2.
Tipo 1:
- Declaración responsable del contribuyente en la que detalle la descripción del equipo instalado junto con el certificado del instalador
- El registro de la instalación ante el órgano competente.
- Para FTV; el CIE
- Factura y justificante de pago
Tipo 2:
- CEE antes y después
- Factura y justificante de pago
De la misma manera, las tres provincias del País Vasco tienen también sus propias deducciones fiscales para la instalación de punto de recarga de vehículo eléctrico.
La deducción fiscal es del 15%. Para ello se tiene en cuenta las cantidades satisfechas por las obras o instalaciones, minorada en las subvenciones exentas del IRPF, con un máximo de 5.000 euros anuales (es decir 750 €, que es el 15% de 5.000 €).
La documentación que se requiere es la factura de la inversión realizada y el justificante de pago.
| Tipo de mejora | Requisito energético | Deducción | Base máxima anual |
|---|---|---|---|
| Reducción de demanda de calefacción y refrigeración | Reducir al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. | 20% | 5.000 € anuales |
| Mejora del consumo de energía primaria no renovable | Reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable o alcanzar calificación energética A o B | 40% | 7.500 € anuales |
| Rehabilitación energética de edificios residenciales | Reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable o alcanzar calificación energética A o B | 60% |
5.000 € anuales Las cantidades no deducidas por exceder el límite anual podrán deducirse con el mismo límite en los 4 ejercicios siguientes. Base máxima acumulada total de deducción: 15.000 €. |