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Oficina de Información y Asesoramiento sobre Ayudas y Subvenciones

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Subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica residencial en ambitos no urbanos

Leer "Aviso Legal"

El objeto de estas subvenciones es apoyar proyectos promovidos por los particulares y comunidades de propietarios con fines de ahorro energético y fomento del uso de la energía solar fotovoltaica.

Actuaciones

Serán subvencionables las inatalaciones fotovoltaicas residenciales en nucleos no urbanos (según clasificación de los planes generales de ordenación y planes básicos municipales).
Los proyectos deben incorporar paneles e inversor.

Beneficiarios Información Adicional

Particulares y comunidades de propietarios

Plazos

• Plazo de adhesión de las entidades colaboradoras: hasta el 7 de noviembre de 2025.
• Plazo de solicitud: Desde el 31 de octubre de 2025 hasta el 1 de diciembre de 2025.
• Plazo de justificación: Hasta el 30 de septiembre de 2026
• Plazo de ejecución: Desde la presentación de la solicitud; Hasta el 30 de septiembre de 2026

Cuantías

La cuantía de la subvención será del 50% con un máximo por vivienda de 4.000€.
En caso de que el proyecto incluya baterias de potencia igual o superior a 4 kWh, se incrementará en 2.000€.
La cuantía máxima por proyecto multivivienda será de 25.000€.

Costes Elegibles

Son costes elegibles:
• Los paneles solares
• Inversores, convertidores, reguladores..
• Baterias de litio
• El coste del montaje, el conexionado y la dirección de obra
• El IVA, cuando no sea recuperable.
NO será subvencionable los gastos anteriores a la presentación de la solicitud.

Información adicional

• POR EL CARACTER INCENTIVADOR DE LA SUBVENCIÓN NO PUEDE HABER NINGUNA ACTUACIÓN REALIZADA ANTES DE LA SOICITUD DE LA SUBVENCIÓN (NI SIQUIERA LA ACEPTACIÓN DEL PRESUPUESTO).
• La solicitudes de presentarán a través de entidades colaboradoras. Para ello deben darse de alta en la Conselleria de Economía e Industria para la gestión de subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica.
• La presentación será obligaotriamente por memdios electrónicos
• Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad

Enlace al portal de solicitud

https://sede.xunta.gal/es/detalle-procedemento?codtram=IN421O

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