Esta medida busca promover las mejoras de eficiencia energéica y la innovación en materia de procesos y de organización en el ámbito turístico de Baleares.
Actuaciones
PROGRAMA EFICIENCIA:
► Tipología 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
Actuaciones que consigan reducir la demanda energética en calefacción y climatización de los establecimientos, mediante la mejora de la eficiencia energética de su envolvente térmica en su conjunto o en alguno de los elementos que la componen.
► Tipología 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de las energías renovables a las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
Actuaciones que consigan reducir el consumo de energía de las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y producción de agua caliente sanitaria.
(Se solicitaran certificados de eficiencia energética antes y después de la actuación).
Beneficiarios Información Adicional
Autónomos o empresas excplotadores de establecimeintos turísticos (alojamiento, restauración..)
Plazos
• Plazo de solicitud: Desde 08/06/2026; Hasta el 30/09/2026
• Plazo de ejecución: Desde 22/05/2026 ; Hasta 31/03/2028
• Plazo de justificación: Existen 2 fases de justificación, la parcial y la final.
La justificación parcial , desde 01/05/2027; hasta 31/05/2027 es optativa y no presentarla únicamente comporta la pérdida del derecho a percibir el importe correspondiente al pago parcial, sin perjuicio de que pueda percibirse la totalidad del importe subvencionado una vez presentada la justificación final. En el caso de haber ejecutado totalmente la actuación subvencionada, podrá presentarse directamente la justificación final.
La justificación total , desde 01/04/2028; Hasta 02/05/2028
Cuantías
PROGRAMA EFICIENCIA:
• Gran empresa: 30% de coste subvencionable
• Mediana empresa: 40% de coste subvencionable
• Pequeña empresa: 50% de coste subvencionable
Costes Elegibles
Son subvencionables:
• Los costes de ejecución de las obras o instalaciones efectuadas por personas o entidades diferentes de la persona beneficiaria.
• La inversión en equipos y materiales efectuada.
NO son gastos subvencionables:
• Los costes de la redacción de los proyectos técnicos.
• Los costes de la dirección facultativa.
• Los honorarios profesionales satisfechos para la elaboración de los certificados de eficiencia energética.
• Los estudios y planes de seguridad y salud.
• Los costes de gestión de la solicitud de la ayuda.
• Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones.
• Los costes de redacción de informes y otra documentación requerida para la solicitud y la justificación de estas ayudas.
• Los costes del informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto de la ayuda, emitido por un organismo de control o entidad de control.
• Tasas, impuestos, tributos, autorizaciones administrativas, licencias administrativas, permisos, coste de avales, fianzas o multas.
• Cualesquier gastos asociados a gestiones, contrataciones, consultas o trámites administrativos, incluso si son necesarias para la obtención de permisos o licencias.
• Seguros.
• Servicios de mantenimiento, nóminas o gastos de desplazamiento interislas o fuera del territorio de las Illes Balears.
Información adicional
→ Todos los certificados de eficiencia energética y simulaciones deben realizarse con el mismo programa de certificación.
→ Cada solicitud solo puede hacer referencia a un único programa y tipología.
→ Cada solicitud solo puede hacer referencia a un único establecimiento.
→ Se establece un importe mínimo de 10.00€ y máximo de 300.000€, sin incluir el IVA, de gasto subvencionable para cada solicitud presentada.
→ No es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
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