El objeto es la realización de actuaciones de eficiencia energética en las empresas turísticas de Galicia.
Actuaciones
Para ser subvencionable se debe realizar una actuación integral e incluir en el mismo proyecto como mínimo 2 actuaciones de eficiencia energética y una o más actuaciones en energías renovables.
→ Actuaciones de eficiencia energética:
• Mejora de la envolvente
-Muros y suelos en contacto con el aire
- Cubiertas en contacto con el aire
- Muros suelos y cubiertas en contacto con espacios no habitables o terrenos. Medianeras
- Huecos (marco y vidrio)
• Mejora de iluminación
-Sustitución de luminaria y lámparas
- sistemas y elementos que permitan control y regulación
- Cambio de sistema de iluminación
→ Actuaciones en energías renovables:
• Sustitución de energía convencional por solar térmica
• Sustitución de energía convencional por energía geotérmica
• Sustitución de energía convencional por biomasa
• Sustitución de energía convencional por sistemas de aerotermia o hidrotermia
• Instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo
Beneficiarios Información Adicional
Empresas turísticas. (Establecimientos turísticos de alojamiento y restauración)
Plazos
► Plazo de solicitud: Desde el 07/09/2026; Hasta el 07/12/2026
► Plazo de ejecución: Son subvencionables las actuaciones realizadas desde el 1 de marzo de 2026 hasta 1 de diciembre de 2026 en primera anualidad y hasta el 2 de noviembre de 2027 en segunda anualidad.
► Plazo de justificación: Los beneficiarios tendrán plazo para ejecutar y justificar hasta el 1 de diciembre de 2026 en la primera anualidad, sin perjuicio de que las certificaciones de obra y las facturas emitidas desde esta fecha hasta 31 de diciembre se puedan aplicar para justificar la anualidad 2027. En la segunda anualidad el plazo de ejecución y justificación finalizará 2 de noviembre de 2027.
Cuantías
Depende del ahorro conseguido:
• Ahorro del 30% epnr: 50% de la inversión
• Ahorro del 40% epnr: 70% de la inversión
• Ahorro del 50% epnr: 90% de la inversión
Costes Elegibles
Se consideran costes elegibles aquellos que sean necesarios para alcanzar los objetivos perseguidos para cada una de las tipologías de actuación.
Los gastos subvencionables se clasifican en costes directos y costes indirectos.
Son costes directos:
a) Los costes de la auditoría energética previa; de los honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el/la técnico/a competente, de los certificados de eficiencia energética, redacción de los proyectos técnicos r
b) Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.
c) La inversión en equipos y materiales efectuada.
Son costes indirectos los costes distintos de los costes directos subvencionables, que no se pueden vincular directamente a la actividad subvencionada, pero resultan necesarios para su realización, en los que se incluyen los gastos administrativos, tales como gestión
administrativa y contable.
No serán subvencionables:
a) Tasas, impuestos o tributos.
b) Autorizaciones administrativas, licencias, permisos, coste de avales y/o fianzas, o multas.
c) Cualquier gasto asociado a gestiones, contrataciones, consultas o trámites administrativos, aun siendo necesarios para la obtención de permisos o licencias.
d) Seguros suscritos por el/la solicitante.
e) Gastos financieros, reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, circulante y otros impuestos o tasas. Asimismo, no serán subvencionables los gastos bancarios de cualquier tipo de operación, así como aquellos que generen autofacturación.
f) Los inmuebles y artículos de exposición y de prueba susceptibles de posterior venta al público y la instalación de expositores de carácter temporal.
g) Costes asociados a sanciones penales, así como gastos de procedimientos judiciales.
h) Cualquier gasto de operación y mantenimiento de las actuaciones o gastos propios de la administración.
i) Elementos de transporte.
Información adicional
► Las solicitudes se resuelven por orden de entrada (competencia no competitiva)
→ Actuaciones de eficiencia energética:
• Mejora de la envolvente inversión mínima 20.000€
• Mejora de iluminación inversión mínima 5.000€
→ Actuaciones en energías renovables:
• Sustitución de energia convencional por solar térmica inversión mínima 10.000€. Coste unitario máximo 1.190€/kW
• Sustitución de energia convencional por energía geotérmica inversión mínima 10.000€. Coste unitario máximo 2.355€/kW con circuito abierto, 3.530€/kW con circuito cerrado
• Sustitución de energia convencional por biomasa inversión mínima 20.000€. Coste unitario máximo 560€/kW
• Sustitución de energia convencional por sistemas de aerotermia o hidrotermia inversión mínima 20.000€. Coste unitario máximo 1.200€/kW
• Instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo inversión mínima 10.000€. Coste unitario máximo 1.450€/kW y 850€/kW en el caso de acumulación
Enlace al portal de solicitud
Consúltanos tus dudas sobre ayudas y subvenciones