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Rehabilitación Residencial. Programa 5: Elaboración del Libro del Edificio en Navarra. (RD 853)

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Este programa busca impulsar las actuaciones de la elaboración del libro del Edificio existente para la REHABILITACIÓN.

Actuaciones

1. Programa Ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación.
✓ Los edificios deben de ser de tipología Residencial de Vivienda Colectiva.
✓ Que la construcción del edificio este finalizada antes del año 2000.
✓ Al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante que tenga uso residencial de vivienda.

Beneficiarios Información Adicional

Elaboración del Libro del Edificio:
✓ Los propietarios, usufructuarios de Viviendas.
✓ Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios.
✓ Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios.
✓ Las Sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios.

Serán destinatarios últimos de las Ayudas, siempre que tengan la Residencia Fiscal en España y las Viviendas se encuentren en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

Plazos

Plazo de presentación de solicitud y Justificación : DESDE 09:00 am 29/03/2022; HASTA: 15/12/2022.
✓ La documentación de presentación y justificación de la actuación, se hace en un único acto.

Cuantías

El importe de la Ayuda será:
✓ Hasta 20 Viviendas: 700 €, mas una cantidad de 60 € por Vivienda.
✓ Más de 20 Viviendas: 1.100 €, más una cantidad de 40 € por vivienda, con una cantidad máxima de 3.500 €

Costes Elegibles

Con carácter general, se consideran costes elegibles los que se relacionan a continuación:
- Los Honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el técnico competente, del Libro del Edificio.
- Los costes de la gestión de solicitud de la ayuda.
- Redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de estas ayudas.
- Los costes de gestión de la justificación de las realización de las actuaciones.

No serán subvencionables los siguientes conceptos:
- IVA soportado susceptible de recuperación o compensación.
- Licencias, tasas, impuestos o tributos.

Información adicional

Requisitos :
- Las actuaciones previstas deben respetar el principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente".
- Se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la publicación de estas bases en el BON.
- Cuando alguno de los gastos subvencionables supere el importe de 12.000 €, se deberá acreditar que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, con una memoria que lo justifique.

Compatibilidad:
- Es compatible con cualesquiera otras ayudas públicas para el mismo objeto, siempre que no se supere el coste total de las actuaciones.
- Es INCOMPATIBLE con el programa de rehabilitación del Gobierno de Navarra.

Posibles afecciones fiscales:
- Esta subvención está exenta de tributación en IRPF.
- Posible compatibilidad con deducciones fiscales IRPF, a razón del RDLey 19/2021 y la LEY 10/2022.

Enlace al portal de solicitud

https://bit.ly/36uLzQP

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