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Plan rehabilita Madrid 2024

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Estas subvenciones pretenden fomentar y promocionar la realización de actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética, salubridad y seguridad de edificios existentes de uso residencial vivienda.

Actuaciones

Las actuaciones subvencionables se integral en las siguientes líneas:

LINEA ACCESIBLE. Instalación de ascensores, obras de mejora de accesibilidad (rampas).

LINEA CONSERVA. Actuaciones de conservación en fachada, cubierta, saneamiento, fontanería, climatización, electricidad, iluminación, etc

LINEA VERDE. Actuaciones de mejora de eficiencia energética.
o Obligatorias: las que implican mejora de la calificación inicial del edificio en al menos una letra en demanda energética anual global de calefacción o bien una reducción de esta de al menos un 30% mediante incorporación de medidas pasivas en la envolvente del edificio.
o Opcionales condicionadas. (Para su aplicación exige la previa realización de actuaciones obligatorias).
- Instalación de equipos de calefacción, refrigeración, producción de ACS o ventilación que incrementen la eficiencia energética.
- Mejora de la eficiencia energética en iluminación
- Instalación o reinstalación de puntos de recarga de VE
o Opcionales no condicionadas.
- Instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo individual o colectivo con o sin almacenamiento.

LINEA SALUD. Sustitución de amianto, entre otros.

LÍNEA DE SEGURIDAD.

Se distinguen 2 zonas de actuación:
1. ZONA DE ESPACIAL TRANDFORMACIÓN (ZETU). Se caracterizan por su vulnerabilidad
2. ZONA DE IMPULSO A LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA (ZIRE)
*La determinación de las zonas pueden consultarse en la web del ayuntamiento de Madrid, en el apartado rehabilita Madrid 2024.

Beneficiarios Información Adicional

o Comunidades de propietarios
o Propietarios de viviendas unifamiliares

Plazos

Plazo de solicitud:Desde 15/10/2024: Hasta 14/02/2025
Plazo de ejecución: Será el indicado en la resolución de concesión con un máximo de 24 meses.
Plazo de justificación: 3 meses desde la finalización del plazo de ejecución. En el supuesto de obras que estuvieran sin iniciar o en curso de ejecución en el momento de la solicitud y que hubieran sido finalizadas con anterioridad a la notificación de la concesión, el plazo para justificar será de 2 meses desde la referida notificación.

Cuantías

*Se adjunta Anexo en documentos

Costes Elegibles

Se consideran gastos subvencionables, el conjunto de gastos originados con motivo de las actuaciones subvencionables, conforme a la convocatoria y que represente el coste real de las mismas.

Información adicional

• No pueden ser beneficiarios las entidades locales.
• Los edificios deben estar ubicados exclusivamente en el término municipal de Madrid.
• Los edificios deberán haber sido construidos antes de 1998, ser de uso residencial vivienda y disponer del Informe de Evaluación del Edificio (IEE).
• Podrán subvencionarse actuaciones que estén sin iniciar, en curso de ejecución o terminadas,
• Presupuesto mínimo 3.000€ en caso de viviendas unifamiliares y 6.000€ en edificios de viviendas de uso residencial colectivo (incluyendo unifamiliares en hilera constituidas en comunidad)
• No son subvencionables las obras de nueva edificación
• La solicitud podrá ser de forma telemática o presencial en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid.
• Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, recursos o financiación que para la misma finalidad procedan.

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