Esta medida busca impulsar la instalación de sistemas de energía renovable
Actuaciones
Son deducibles las inversiones en sistemas energía renovable, como instalaciones de generación solar fotovoltaica para autoconsumo, paneles solares térmicos, aerotermia, biomasa y geotermia
Se debe mejorar como mínimo en un nivel la calificación de eficiencia energética de la vivienda. Para ello, son necesarios certificados de eficiencia energética antes y después de la actuación correctamente registrados.
Beneficiarios Información Adicional
Particulares
Plazos
Desde 01/01/2026 hasta 31/12/2026
Cuantías
50% de la inversión con una base máxima anual de 10.000€
Costes Elegibles
• Cantidades satisfechas a las personas o entidades que realicen las obras.
Información adicional
• La inversión debe realizarse en vivienda habitual (en propiedad o alquiler)
• Estas Deducciones Fiscales se aplicarán en la Cuota integra autonómica
• Compatible con deducciones estatales para la misma actuación
• La base imponible total del contribuyente (sumas de las casillas 0435 y 0460) no podrá superar: 33.000€ en tributación individual y 52.800€ en tributación conjunta
• En el caso de ser arrendatario, el contrato de alquiler debe tener una duración mínima de un año, y que se haya constituido el depósito de la fianza (art. 36.1 de la LAU) a favor del Instituto Balear de la Vivienda.
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