Oficina de Información y Asesoramiento sobre Ayudas y Subvenciones

Te ayudamos a hacer crecer tu negocio

Cambia 360 Municipio de Madrid 2024. Puntos de recarga.

Leer "Aviso Legal"

Este programa tiene por objeto subvencionar instalaciones de infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos.

Actuaciones

1. Ámbito 1- Destinadas a aparcamientos para Residentes (PAR):
Preinstalaciones o instalaciones de infraestructura de Recarga de Baterías de Vehículos Eléctricos, en el caso de aparcamientos públicos para Residentes de Titularidad Municipal (PAR), incluida la parte destinada a residentes de los aparcamientos de tipo Mixto.
2. Ámbito 2 - Destinadas a aparcamientos de uso residencial privado:
Preinstalaciones o instalaciones de infraestructura de Recarga de Baterías de Vehículos Eléctricos, en el caso de aparcamientos o estacionamientos Colectivos en Edificios existentes de régimen propiedad Horizontal en Comunidad de Propietarios o Comunidades de Bienes.

Beneficiarios Información Adicional

Línea A: Adaptación de viviendas para personas con discapacidad. Ámbito 1:
o Empresas, PYMES
o Administración Pública

Ámbito 2:
o Las comunidades de propietarios en edificios de más de dos viviendas.

Plazos

Presentación de solicitudes: Desde: 9 de mayo de 2024 hasta el 9 de julio de 2024.
Ejecución de actuaciones: Sera de 9 meses desde la publicación de la Resolución de la Convocatoria.
Fecha límite de Justificación: Sera de 3 meses desde la conclusión del plazo de finalización de la Ejecución de la Actuación Subvencionada.

Cuantías

o Ámbito 1: 90% del coste subvencionable con un máximo de 250.000 €.
o Ámbito 2: 75% del coste subvencionable con un máximo de 75.000 €.

Costes Elegibles

Se consideran gastos subvencionables, el conjunto de gastos originados con motivo de las actuaciones subvencionables, conforme a la convocatoria y que represente el coste real de las mismas. Como por ejemplo:
➢ El proyecto, la obra civil, costes de ingeniería y dirección de obra del cableado y su instalación desde el cuadro electrico.
➢ La estación o estaciones de recarga.
➢ El sistema de pago integrado en la estación de recarga.
➢ La señalización de las estaciones de recarga.
➢ El sistema de gestión, control y seguridad.
➢ Los gastos que el solicitante pudiera satisfacer a una empresa o profesional por llevar a cabo la gestión administrativa y documentación de su solicitud. En ningun caso de admitirá que tales gastos de gestión superen el 4% del importe de la ayuda solicitada, con un limite de 3.000 € por expediente.

No se considera subvencionable la instalación de puntos de recarga en la VIA PÚBLICA

Información adicional

→ Las ayudas de esta convocatoria serán compatibles con cualquier otra ayuda pública que pudiera concederse para la misma inversión, cuyo porcentaje en conjunto no podrá superar el 90% de la inversión.
Requisitos técnicos:
- La infraestructura de recarga deberá estar situada en el municipio de Madrid.
- La adquisición de los sistemas deberá ser posterior al 1 de enero de 2023. Se tomará como referencia los contratos de suministro de bienes y/o servicios.
- Tanto las instalaciones como las preinstalaciones habrán de respetar el esquema de recarga 1.a o 1.b. descritos en el apartado 3 de la instrucción técnica complementaria ITC BT-52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, debiendo contar con un circuito de recarga colectivo.
-Los sistemas de recarga ámbito 1, deberán permitir la alimentación de, al menos, el 10% de las plazas de garaje, además la instalación deberá incluir un numero de puntos de recarga igual o superior al 10% de las plazas de aparcamiento. En el ámbito dos los porcentajes son los mismo , con un número mínimo de 2 plazas.
-El Beneficiario deberá destinar la instalación de recarga durante un plazo mínimo de dos años desde la puesta en servicio, pudiendo requerirse el reintegro de la Subvención recibida en caso de incumplimiento..

Presentación de solicitud y documentación:
- La solicitud se realizará exclusivamente de manera telemática telemática a través del modelo de solicitud disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (http://sede.madrid.es ).

Consúltanos tus dudas sobre ayudas y subvenciones

CONTÁCTANOS