Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento validado por un verificador externo que cuantifica el ahorro obtenido en una reforma cuyo objetivo sea una mejora en la eficiencia energética. La unidad de cálculo de los CAE es ahorro de energía final en kWh.
La importancia de los CAE y la novedad que aportan radica en que, gracias a ellos, el usuario puede recuperar parte del coste de las inversiones realizadas en un plazo de entre 2 y 6 meses desde que termina la actuación, aspecto que reduce considerablemente la espera para el cobro de las ayudas tal y como las conocíamos hasta ahora.
Para recibir dicha ayuda únicamente se debe recopilar la siguiente documentación de la instalación:
→ Fotos de antes y después de la instalación.
→ Facturas
→ Boletín de la legalización
→ Certificados energéticos de la vivienda de antes y después de la instalación. *Estos Certificados además le servirán para aplicar la deducción de hasta un 60% de la inversión en la declaración de la renta*
*A excepción de País Vasco. Álava y Gipuzkoa contemplan una deducción del 15% por instalación de fotovoltaica.
Actuaciones
Algunas de las actuaciones que pueden generar dichos ahorros y por tanto obtener dinero son:
o Cambio de caldera (gas o gasoil) por bomba de calor
o Hibridación de caldera (gas o gasoil) con bomba de calor
o Sustitución de un generador de climatización por una bomba de calor más eficiente.
o Sustitución de sistema de iluminación por fuentes luminosas o luminarias LED
o Implantación de sistemas de control inteligente del consumo energético
o Rehabilitación de la envolvente térmica del edificio
Beneficiarios Información Adicional
Particulares, Empresas, PYME, Autónomos, Comunidad de propietarios
Plazos
Son suceptibles de generar CAEs las inversiones realizadas a partir del 26/01/2023
Esta metodología de monetización de los ahorros pretende estar implantada hasta el 2030.
Cuantías
La cuantía obtenida dependera del ahorro energético obtenido calculado en kWh ahorrados / año.
Información adicional
► Las CAES solo se aplican en obras de reforma, no en obra nueva.
► El dinero obtenido por las CAES debe declararse en el IRPF.
► Las CAES no dependen del Gobierno ni de partidas presupuestarias que puedan agotarse como ocurre con las subvenciones
► La tramitación de CAES es compatible con otros tipos de programas de subvenciones, excepto con los que estén a cargo del Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). Las subvenciones Next Generatión si son compatibles.
Enlace al portal de solicitud
Consúltanos tus dudas sobre ayudas y subvenciones