Este programa tiene por objeto la realización de actuaciones de eficiencia energética en edificios completos cuyo uso sea el alojamiento turístico (hoteles y alojamientos similares) o empresas destinadas a ocio
Busca impulsar las actuaciones tendentes a reducir el consumo de energía, la mejora de la eficiencia energética (cambios en la envolvente térmica), el aprovechamiento de las energías renovables para instalaciones térmicas y eléctricas ( fotovoltaica para autoconsumo, aerotermia, biomasa, geotermia...), así como la mejora en la iluminación.
Actuaciones
➢ Proyectos de eficiencia energética en edificios:
• Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
• Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria , incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.
• Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
➢Realización de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo con o sin almacenamiento.
Beneficiarios Información Adicional
• Empresas o Autónomos propietarios de edificios existentes destinados a:
- Alojamientos turísticos (Hoteles, hostales, campings...)
- Empresas destinadas a ocio (Restaurantes, actividades recreativas, de entretenimiento, culturales...)
Plazos
Plazo de presentación de solicitud: Desde: 06/05/2025; Hasta: 06/06/2025.
Plazo máximo ejecución y justificación: Desde: 27 de febrero de 2026
Cuantías
Los importes de la ayuda varían dependiendo de la actuación.
Se adjunta cuadro resumen como Anexo.
Costes Elegibles
Con carácter general, se consideran costes elegibles los que se relacionan a continuación:
- Costes de gestión inherentes al desarrollo de las actuaciones y los gastos asociados.
- Los honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el técnico competente, del certificado de Eficiencia Energética.
Información adicional
on incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para los mismos costes financiables, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Se requiere CEE inicial y posterior para justificar ña reducción del consumo de energia primaria no renovable
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