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AYUDAS DESTINADAS A LA REHABILITACION EDIFICATORIA DE USO RESIDENCIAL EJERCICIOS 2024-2025

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El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas dinerarias a comunidades de propietarios y particulares que lleven a cano obras de rehabilitación edificatoria de uso residecial en la ciudad de Zaragoza.

Actuaciones

LINEA 1. OBRAS INTEGRALES EN EDIFCIOS. EFICIENCIA ENERGÉTICA. Actuaciones sobre elementos comunes de edificios situados en el término municipal de Zaragoza siempre que estén señaladas en el Informe del Estado del Edificio o Libro del Edificio Existente:
ACTUACIONES OBLIGATORIAS:EFICIENCIA ENERGÉTICA: Obras que consigan una reducción de la Energía primaria No Renovable y de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración, como mínimo del 50%, expresada en Kwh/m2 (incremento del aislamiento térmico en la envolvente del edificio, sustitución de ventanas, instalación de energía renovables).
En los edificios calificados por PGOUZ con grado de protección en fachadas que no sea posible la incorporación de aislamiento exteriormente, se exigirá, una reducción en demanda energética y Energía Primaria No renovable igual o superior al 30%.

ACTUACIONES OPCIONALES:EFICIENCIA ENERGÉTICA: Además, podrán ser objeto de ayuda:
• La mejora de la eficiencia energética de sistemas de ACS y calefacción comunitaria.
• La instalación de energías renovables y sistemas de control de consumo, obteniendo más reducción de EPNR y demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la exigida en la convocatoria.o
Accesibilidad: Obras que permitan alcanzar la accesibilidad universal en zonas comunes del edificio cumpliendo, al menos, con las medidas mínimas de accesibilidad desde el acceso de la vía pública hasta las viviendas.
Conservación: Obras en zonas comunes necesarias para alcanzar los niveles mínimos de conservación y adecuación estructural o subsanar incumplimientos de normativa que afecten a la habitabilidad o a las instalaciones generales del edificio.
Monitorización del antes y después de la rehabilitación que demuestren la mejora de eficiencia con las actuaciones propuestas.

LINEA .2.1. OBRAS ACCESIBILIDAD EN EDIFICIOS. Actuaciones que permitan alcanzar la accesibilidad universal o, al menos, suprimir todas las barreras arquitectónicas en elementos comunes de edificios desde la calle hasta la puerta de las viviendas, en particular:
• Instalación de ascensores o plataformas elevadoras verticales. No se subvencionarán ni plataformas inclinadas ni sillas salva-escaleras
• Bajadas a cota cero de ascensores existentes
• Rampas

LINEA .2.2. OBRAS ACCESIBILIDAD EN VIVIENDAS. Actuaciones sobre elementos privativos de viviendas en edificios, en concreto, obras que permitan suprimir barreras arquitectónicas o alcanzar la accesibilidad universal en la vivienda.
Requisitos: Estar empadronados y que sus ingresos no superen 4,5 veces el IPREM (ponderados).

LINEA .3. AYUDAS COMPLEMENTARIAS PARA RENTAS LIMITADAS. OBRAS SUBVENCIONADAS EN LINEA 1 O 2. Ayudas complementarias para los/as propietarios o usufructuarios de viviendas situadas en edificios que hayan obtenido ayudas en la Línea 1 o la Línea 2.1, que estén empadronados en ellas y cuyos ingresos no superen 2,5 veces el IPREM (ponderados).

Beneficiarios Información Adicional

Linea 1 y 2.1: Comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidades de propietarios
Linea 2.2 y 3: Propietarios y usufructuarios siempre que sea su vivienda habitual y permanente

Plazos

Plazo de presentación:
•Linea 1: Desde 22/10/2024; Hasta 31/12/2025
•Linea 2.1: Desde 15/10/2024; Hasta 31/12/2025
•Linea 2.2: Desde 17/06/2024; Hasta 31/12/2025
•Linea 3: Desde 15/10/2024; Hasta 31/12/2025

Plazo de ejecucción: Desde la publicación de al convocatoria (22 de mayo de 20224); Hasta el plazo establecido en la resolución de concesión y en todo caso como máximo:
•Linea 1: 24 meses desde la notificación de concesión
•Linea 2.1: 24 meses desde la notificación de concesión
•Linea 2.2: 9 meses desde la notificación de concesión
•Linea 3: condicionada a los plazs de las lñineas 1 y 2.1

Plazo de justificación: 30 dias naturales a partir de la fecha de finalización

Cuantías

LINEA 1. Hasta un 60% sobre el presupuesto subvencionable con un máximo de 21.400€ por vivienda.
LINEA 2.1Hasta un 40% sobre el presupuesto subvencionable con un máximo de 6.000€ por vivienda.
LINEA 2.2Hasta un 50% sobre el presupuesto subvencionable con un máximo de 6.000€ por vivienda.
LINEA 3Hasta un 35% sobre el presupuesto subvencionable , en función de su cuota de participación.

Costes Elegibles

Serán elegibles los sigientes gastos: Presupuesto de ejhecucción de obras, honorarios de técnicos facultativos, coste de intrumentos urbanísticos (estudios), etc

Información adicional

✓ La solicitud de realizará de forma telemática através de la Plataforma digital de Ayudas a Rehabilitación de Zaragoza Vivienda.
✓ La vivienda debe ser habitual y permanente.
✓ Estas ayudas no son compatibles con cualesquiera otras ayudas, subvenciones o ingreso para el mismo objeto o finalidad.
✓ En la línea .1 no se contabilizarán los las viviendas de uso turístico para el cálculo de la ayuda

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