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AYUDAS A LA GENERACION ELECTRICA PARA AUTOCONSUMO Y LA ELECTRIFICACION DE LOS CONSUMOS TERMICOS MEDIANTE ENERGÍAS RENOVABLES (FOTOVOLTAICA Y TÉRMICAS)

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El objeto de esta ayuda es promover acciones que persigan el fomento del uso de energías renovables en instalaciones y edificios , en el territorio de la Comunidad Autonoma de Euskadi.

Actuaciones

1. Instalaciones de generación de energía eléctrica para autoconsumo
• Fotovoltaica y eólica ubicadas en Euskadi
• Suma anual de la energía eléctrica consumida =o> 80% de la energía anual generada
• Baterías de almacenamiento (situada en la red interior de la instalación).
• Ratio máxima 5kWh/Kw. Debe absorber al menos el 75% de la energía anual
• Sistema de monitorización
2. Instalaciones para la electrificación de los consumos térmicos
• Basados en sistema hidrónicos
• Rendimiento medio estacionas > 2.5
• Se excluyen deshumectadoras
• En obra nueva no cabe hibridación con otras fuentes de energía no renovable

Beneficiarios Información Adicional

Particular, Empresa, PYME, Autónomo, Comunidad de propietarios, Entidad pública

Plazos

Presentación solicitudes: desde 09/05/2025 hasta agotamiento presupuesto o
en todo caso el 30/09/2026
Justificación para ejecutar, pagar y abonar la actuación: 12 meses desde la
notificación de la resolución de concesión, o en todo caso el 30/12/2027

Cuantías

Cuantía (ver tablas anexa “EVE CUANTIAS 2025")

Costes Elegibles

Gastos subvencionables (ver doc anexo “Costes subvencionables EVE 2025")

Información adicional

• Se exige que cualquier compromiso en firme de ejecución; presupuestos
aceptados, pedidos, contratos, facturas y justificantes de pago, sean
posteriores a la solicitud de ayuda.
• Instalaciones de autoconsumo: hay que declarar que la suma de la
energía eléctrica consumida tiene que ser igual o superior al 80% de la
energía anual generada
• Régimen de compatibilidad
- Empresa: compatible si son costes subvencionables diferentes o los mismos, pero no supere el importe
- Resto de beneficiarios: compatibles

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