El objetivo de esta convocatoria es la promoción de la eficiencia energética en el alumbrado público y alumbrado interior de edificios públicos, así como las inversiones en instalaciones de energías renovables
Actuaciones
►Renovación de las instalaciones existentes de alumbrado público exterior y alumbrado interior de edificios públicos.
1.A Actuaciones en entidades locales de población inferior a 500 habitantes.
1.B. Actuaciones en entidades locales de población tanto superior como inferior a 500 habitantes.
►Inversiones en instalaciones de energías renovables. Incluye:
Instalaciones térmicas (biomasa, aerotermia, solar térmica...)
Instalaciones fotovoltaicas.
►Redacción de planes de movilidad urbana sostenible
Beneficiarios Información Adicional
Entidades locales de Navarra
Plazos
→ Plazo de solicitud: Desde 16/01/2026; Hasta 16/02/2026
→ Plazo de ejecución: Desde el 16/10/2025; Hasta 15/10/2026
→ Plazo de justificación: Pazo máximo 15/10/2026
Cuantías
→Medida 1:. Renovación de las instalaciones existentes de alumbrado público exterior y alumbrado interior de edificios públicos. Ayuda del 60% del gasto elegible con los siguientes límites:
1.A: Máximo de 20.000€
1.B: Máximo de 30.000€
→Medida 2: Inversiones en instalaciones de energías renovables. Ayuda del 50% del gasto elegible con un máximo de 40.000€ por beneficiario.
→Medida 3. Redacción de planes de movilidad urbana sostenible. Ayuda del 85%, con un máximo de 15.000€ por beneficiario.
Ayuda adicional: 5% por promocionar la igualdad de género (Excepto las entidades que ya se beneficiaron de la misma en años anteriores).
Costes Elegibles
→Renovación de las instalaciones existentes de alumbrado público exterior y alumbrado interior de edificios públicos : son costes elegibles: los equipos, la reforma de tendidos e instalaciones eléctricas, la obra civil, y el proyecto y dirección de obra.
→Inversiones en instalaciones de energías renovables. . son costes elegibles: la inversión el los equipos, el coste del proyecto, el coste de dirección de obra...
Información adicional
► El Iva no es un gasto subvencionable cuando sea susceptible de recuperación o compensación.
► Las solicitudes se presentarán de forma telemática.
► Se presentará una solicitud por cada actuación.
► Estas subvenciones son incompatibles con otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra otorgadas para los mismos gastos.
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