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Autoconsumo y almacenamiento con energía renovable. Asturias. Programas 1, 2 y 3. (RD 477)

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Varios programas de incentivos que ofrecen ayudas para la promoción del autoconsumo utilizando fuentes de energía renovables con un foco en instalaciones fotovoltaicas.

Actuaciones

Programa de incentivos 1 : Instalaciones fotovoltaicas con o sin baterías para autoconsumo en el sector servicios
Programa de incentivos 2 : Instalaciones fotovoltaicas con o sin baterías para autoconsumo en otros sectores productivos de la economía diferentes del sector servicio.
Programa de incentivos 3 : Incorporación de baterías en instalaciones fotovoltaica existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

Beneficiarios Información Adicional

Programa 1, 2 y 3:
a) Pymes, empresas, incluyendo entre otros:
1. Los gestores de polígonos industriales.
2. Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.
3. Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
b) Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, que realicen actividades económicas.
c) Entidades locales y del sector público institucional, con actividad económica.
d) Autónomos.

Plazos

Plazo de presentación de solicitud: Desde: 30/11/2021. Hasta 31/12/2023, o agotamiento de fondos.

Plazo de ejecución de actuaciones:
- Programas 1, 2 y 3: Desde la presentación de la solicitud. Hasta: Máximo 18 meses desde la notificación de la concesión de la ayuda.

Plazo de justificación documental: 18 meses desde la notificación de la concesión de la ayuda.

Cuantías

La cuantía dependerá del tipo de actuación y beneficiario.

Instalaciones fotovoltaicas
- Empresas: Entre un 15% y 45% según potencia instalada y tipología de empresa.
- Viviendas: Entre 300€ y 600€ por kWp de potencia instalada.
- Entidades públicas: Entre 500€ y 1.000€ por kWp de potencia instalada.

Ayudas adicionales:
- Eliminación de amianto: Entre 210€ y 660€ por kWp de potencia instalada.
- Instalación de marquesinas: 500€ por kWp de potencia instalada.
Esta ayuda adicional se aplicará siempre y cuando el porcentaje de potencia instalada sobre marquesina o sobre la superficie de la cual se ha eliminado amianto, suponga al menos el 50% de lo potencia de la instalación de generación realmente instalada.
- Municipios inferiores a 5000 habitantes: Aumenta un 5%, el porcentaje de ayuda sobre el coste subvencionable de los programas 1 y 2 y únicamente para las actuaciones de generación.

Costes Elegibles

Aquellos que sean necesarios para conseguir los objetivos energéticos de los programas de la presente convocatoria, que de manera sucinta se relacionan a continuación:
- Inversión en equipos y materiales relacionadas
- Ejecución de obras e instalaciones.
- Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares.
- Sistema eléctrico general de alta y baja tensión (transformadores, líneas de evacuación, sistemas de infraestructuras eléctricas adicionales, protecciones, equipamientos).
- Sistemas de gestión, control activo y monitorización.
- Sistemas de medición, sondeos exploratorios y ensayos TRT.
- Obras civiles: El coste del desmantelamiento de las instalaciones existentes en el emplazamiento.
- Costes de redacción de proyectos o memorias técnicas, dirección facultativa, coordinación de seguridad y salud de la obra y montaje, costes de gestión de solicitud de la ayuda, informe del auditor.

Información adicional

→ Esta convocatoria NO es compatible con otras ayudas o subvenciones que se puedan conceder para la misma finalidad.
→ Se debe asegurar la propiedad de la instalación por parte del destinatario último durante al menos 5 años a contar desde la concesión de la ayuda.
→ La potencia máxima subvencionable de almacenamiento es de 5kW/h por kW de potencia de generación fotovoltaica instalada.

Fiscalidad:
• Están sujetas al régimen fiscal. En el caso de personas que realizan actividades económicas, pueden tener consideración de rendimiento de la actividad o ganancia patrimonial dependiendo del destino de la ayuda.
• Posible compatibilidad con deducciones fiscales.

Presentación de solicitud y documentación: Se tramitará exclusivamente de manera telemática usando el formulario electrónico de solicitud que estará disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias introduciendo los siguientes códigos en el buscador de dicha página:
- Programa 1: AYUD0369T01
- Programa 2: AYUD0370T01
- Programa 3: AYUD0371T01

Enlace al portal de solicitud

https://sede.asturias.es

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