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Cambia 360 Municipio de Madrid 2024. Renovación de instalaciones térmicas de calefaccion y climatización.

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Esta convocatoria pretende eliminar las calderas de gasóleo que todavía operan en el Municipio de Madrid e impulsar en el sector residencial y comercial la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización de combustión fósil, por sistemas de climatización eficiente de bajas emisiones (Calderas de condensación de gas natural, Aerotermia, entre otros).

Actuaciones

«Calderas de gasóleo» : Sustitución de calderas de gasóleo por calderas de condensación de gas natural, Aerotermia o instalaciones solares térmicas.

No son actuaciones elegibles:

- Las que se realicen sobre edificios de nueva construcción.
- Las realizadas en la ampliación de instalaciones térmicas de edificios existentes.
- Las que se realicen en edificios existentes sometidos a un cambio de uso.

Beneficiarios Información Adicional

a) Comunidades de propietarios de edificios de uso residencial privado con dos o más viviendas.
b) Empresas, Autonomos o Comunidades de Bienes, propietarios o arrendatarios de:
- Fincas de propiedad particular de dos o más viviendas.
- Edificios de viviendas pertencientes a Comunidades de Bienes.
- Establecimientos, locales o edificios pertenecientes al sector servicios.

Plazos

Plazo de presentación de solicitud: : Desde: 24/04/2024. Hasta: 22/11/2024.

Plazo de ejecución de actuaciones: Desde: 01/01/2024 . Hasta: 31/12/2024 .

Justificacion : Hasta: 28/02/2025 . Y Legalizacion . Hasta: 31/12/2024 .

Cuantías

La cuantía dependerá del tipo de actuación y beneficiario. (Documento descargable al final de la página)

Costes Elegibles

No serán subvencionables los siguientes conceptos:
- Impuesto sobre el Valor Añadido satisfecho por la adquisición de los bienes o servicios facturados.
- Gastos financieros de la actuacion objeto de la subvención.
- Gastos en adquisición de terrenos.
- Equipos o materiales reutilizados.
- Gastos en actuaciones de mantenimiento.
- Gastos que no estén claramente definidos o no resulten imputables directamente a la actuaciones subvencionada.
- Cualquier pago que no haya sido efectuado a través de medios bancarios.

Información adicional

1.En instalaciones centralizadas de calefacción de edificios de uso privado residencial, se deberá justificar que todas las viviendas se dotan de bomba de calor individuales.
2. Los aparatos que se instalen han de ser nuevos, y en ningún caso se podrá acoger a las ayudas la compra sin instalación.
3. La solicitud se realizará exclusivamente de manera telemática.
4. las empresas instaladoras para adquirir la condición de “adherida" debe registrarse https://www.calderasyclima.es/lineagasoleo/renove/solicitudinstaladorA.asp
5. Quienes quiera gestionar su tramitación sin apoyarse en una empresa instalador-adherida, deberán igualmente registrarse https://www.calderasyclima.es/lineagasoleo/renove/solicitudinteresadoA.asp
6. La empresa encargada de realizar la instalación deberá contar con el carné RITE.

Enlace al portal de solicitud

https://www.calderasyclima.es/

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