El objetivo de esta convocatoria es subvencionar la realización de actuaciones de conservación , accesibilidad y eficiencia energética en edificios Residenciales, que constituyan domicilio habitual.
Actuaciones
La presente convocatoria va destinada a subvencionar la realización de actuaciones en materia de conservación, seguridad, accesibilidad y eficiencia energética, en edificaciones existentes con uso característico residencial vivienda multifamiliar de varias familias, así como actuaciones en materia de accesibilidad en viviendas unifamiliares, siempre que sean acordes a normativa urbanística.
o Serán actuaciones subvencionables:
a. La Conservación y Seguridad en los Edificios.
b. La Mejora de la Accesibilidad de las Viviendas.
c. La Mejora de la Eficiencia Energética y Sostenibilidad de las Viviendas.
Beneficiarios Información Adicional
• Comunidades de Propietarios.
• Particulares de viviendas unifamiliares
• Agrupaciones de Comunidades de Propietarios.
Plazos
Plazo de presentación de solicitud: Desde: 03/11/2022; Hasta el Agotamiento del crédito disponible.
Plazo de ejecución: Sera de máximo 24 meses desde la notificación de la ayuda.
Cuantías
o La cuantía máxima que podrá recibir cada comunidad de propietarios no podrá superar los 12.000,00 € con independencia de que las actuaciones se realicen de conjunta o separadamente.
o Viviendas unifamiliares por actuaciones de accesibilidad será de Hasta 3.000 €.
Costes Elegibles
Aquellos que sean necesarios para la realización de la inversión definida en las actuaciones de la presente convocatoria.
No serán subvencionables los siguientes conceptos:
- IVA susceptible de recuperación o compensación total o parcial.
- Licencias, tasas, impuestos o tributos.
Información adicional
→ Requisitos del Edificio:
o Antigüedad superior a 30 años. Fecha de construcción anterior a 1991.
o Que al menos el 70% de las vivienda constituyan domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios y que sea de uso residencial de vivienda.
→ Tramitación:
o A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Leganés. Las personas físicas también pueden realizarlo presencialmente en las oficinas de Asistencia (Casa del reloj) con cita previa.
Las obras podrán estar iniciadas antes de la solicitud de la ayuda y podrán estar finalizadas en el momento de la solicitud siempre que se contara previamente a su inicio con la correspondiente autorización administrativa (Licencia), con posterioridad al 2 de enero de 2021.
Enlace al portal de solicitud
Consúltanos tus dudas sobre ayudas y subvenciones